La explicación de porqué la sociedad uruguaya es tan descuidada con el agua potable seguramente esté en que creemos se trata de un elemento natural muy abundante y, por lo tanto, de escaso valor.
Y no es así. Aunque Uruguay cuenta con una red hidrográfica bastante bien distribuida por el territorio nacional, enfrenta dos problemas que condicionan el acceso de la población a agua de calidad. Nos referimos a los efectos de la variabilidad climática sobre las aguas superficiales (inundaciones y sequías), y a la contaminación de cursos y espejos de agua dulce.
Los períodos de exceso de lluvias y falta de agua tienden a ser más frecuentes y extremos, lo que obliga a avanzar en medidas de adaptación que reduzcan nuestras vulnerabilidades a estos fenómenos naturales. Aumenta nuestra experiencia y conocimiento acerca de los costos sociales y económicos que imponen estos vaivenes hídricos en la vida de los uruguayos. Hoy enfrentamos un reto enorme, pues prepararnos para esta realidad implica un cambio cultural en la sociedad, que siempre es difícil lograr cuando se trabaja en la fase de la prevención. Porque hasta que no tropezamos con la piedra solemos considerar que su presencia no representa un peligro.
La conducta de las comunidades con respecto a la calidad y disponibilidad del agua superficial y subterránea (acuíferos), tiene consecuencias de enorme importancia.
Siendo el agua dulce el elemento vital por excelencia para el bienestar de las personas y la salud de los ecosistemas, su cuidado, su correcta gestión, deberían ser prioridades de primer nivel para la sociedad. Sin embargo, si algo caracteriza la conducta social, es el descuido que demuestra al contaminar fuentes de agua con extraordinaria facilidad e irresponsabilidad, así como su derroche cotidiano, como si fuera infinita y gratuita. La reforma constitucional referida a la política nacional de aguas y saneamiento, realizada como consecuencia del plebiscito de octubre de 2004, modificó la jerarquización del tema, por lo menos en el ámbito normativo.
Desde entonces el artículo 47 de la Carta Magna incluye consideraciones específicas como que: 1) la gestión sustentable, solidaria con las generaciones futuras, de los recursos hídricos, y la preservación del ciclo hidrológico que constituyen asuntos de interés general; 2) las aguas superficiales y subterráneas (no las pluviales) constituyen un recurso unitario, subordinado al interés general, que forma parte del dominio público estatal.
Sin embargo, hasta ahora no se advierte un cambio de actitud en la gente que pueda considerarse una evolución estratégica en la materia.
Suponemos que pervive en la conciencia pública la idea de qué somos ricos en agua y, por lo tanto, tenemos asuntos más importantes de qué preocuparnos.
De lo contrario cómo explicar, por ejemplo, que todos los días vertamos millones de litros de agua dulce al mar a través del canal Andrioni. O que se toleren los vertidos industriales y domiciliarios a casi todos los cursos de aguas vinculados a centros poblados.
Por ahora, la baja densidad demográfica nacional disimula la seriedad del problema; pero allí está, a la vista del que quiera verlo.
EL cambio cualitativo ocurrirá cuando las personas incorporen estas valoraciones, y las hagan evidentes en sus conductas individuales y colectivas. Recién entonces se harán visibles en la gobernanza local y nacional.